EDITORIAL
Superpoderes
peligrosos
La delegación de facultades propias del Congreso al Poder Ejecutivo para el manejo de fondos públicos es un recurso propio de las épocas de crisis, que en Argentina se volvió permanente a partir de 1999. Desde ese año, se realizó con frecuencia anual, en cada votación del presupuesto. Pero a partir de 2006, esa falsa transitoriedad fue lisa y llanamente reemplazada por una permanencia declarada: la reforma del art. 37 de la ley de Entidades Financieras dejó establecidos los llamados “superpoderes”.
Por definición, la posibilidad de alterar el destino de partidas presupuestarias contradice la incumbencia que el Congreso tiene asignada, para el momento en que vota sobre la cobertura de gastos y distribución de recursos. Entonces, la urgencia y la excepcionalidad son las premisas que -en términos hipotéticos y opinables en cada caso- ameritan incurrir en esa contradicción. Convertirla en una norma de aplicación regular violenta sus propios términos, y defenderla con el argumento de que los tiempos administrativos no se compadecen con los parlamentarios, apunta a una discusión mucho más de fondo, que implica modificar la propia modalidad de gobierno.
En el caso argentino, esta irregularidad institucional -de por sí severa- sumó otra, producto de avatares coyunturales, pero que a la larga permitió una afectación decisiva del esquema federal. Y es que, como se ha sostenido reiteradamente, la discrecionalidad en el manejo de fondos, en un contexto de dificultades económicas y financieras para las provincias, se convirtió en un verdadero sistema de premios y castigos, y en una poderosa herramienta de disciplinamiento político. Sobre todo, porque el poder de fuego de esta prerrogativa se vio notoriamente incrementado por la utilización de una artimaña contable, que permite, a través de una subestimación previa de los ingresos, generar un voluminoso excedente para distribuir con total arbitrariedad.
Por eso, es falso el argumento oficialista de que el nivel de discrecionalidad nunca sobrepasó el 5 % de los recursos, techo con el cual el kirchnerismo buscó preservar esta facultad con un proyecto que tiene media sanción en el Senado. Y es que, precisamente, ese 5 % es sobre la estimación previa aprobada en el presupuesto de cada año. En realidad, en los últimos años, el Ejecutivo pudo disponer a su antojo del 20 % de los fondos recaudados, entre pretendidos “excedentes” de partidas y el uso de decretos de necesidad y urgencia, que recién a partir de ahora estarán bajo control de una comisión bicameral.
La semana pasada, la oposición logró imponer su mayoría en Diputados para eliminar la posibilidad de modificación de partidas por el Ejecutivo. Aún sin saber si el Senado le dará sanción definitiva, el kirchnerismo anticipó la voluntad de vetar la norma. Lo que pone de manifiesto no sólo la vocación de consolidar una distorsión institucional, sino que podría interpretarse como una advertencia, e incluso como la señal de un peligroso propósito: el de gobernar de manera autocrática, y sin tomar en cuenta lo que decida el Congreso.