El ministerio de Educación dispuso que no habrá actividad escolar en el turno mañana de los establecimientos afectados a los comicios, para realizar tareas de ordenamiento y limpieza.
Crédito: Archivo / Flavio Raina
El ministerio de Educación de Santa Fe dispuso, en una resolución dada a conocer este jueves, que no habrá clases en el turno mañana del día lunes en los establecimientos educativos de la provincia -tanto públicos como privados- que se encuentren afectados a la realización de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias durante este domingo 12 de septiembre.
La resolución ministerial, que lleva la firma de la ministra Adriana Cantero, indica: “La Dirección General de Recursos Humanos señala que corresponde a aquel personal docente y asistente escolar que fuera designado como jefe de Departamento, jefe de Fracción, delegado, subdelegado, asistente escolar sanitario, autoridad de mesa (presidente y 1º y 2º vocales) dentro de la estructura operativa de designación y capacitación de autoridades de mesa, el otorgamiento de una franquicia compensatoria, para el día hábil inmediato posterior, tanto para los comicios primarios, abiertos, simultáneos y obligatorios del 12 de septiembre de 2021 como para los comicios generales del 14 de noviembre de 2021”.
El motivo es que ese tiempo será destina a concretar tareas de ordenamiento y limpieza de rutina tras la celebración de los comicios. Vale recordar que, debido a la pandemia, se incrementaron la totalidad de mesas de escrutinio en todo el territorio, a los fines de poder cumplir con los protocolos sanitarios.
Asimismo, la resolución establece que estarán exceptuados de trabajar todo el personal docente y no docente que participó de los comicios: "El personal docente y asistente escolar que fuere designado como Jefe de Departamento, Jefe de Fracción, Delegado, Subdelegado, Asistente Escolar Sanitario, Autoridad de Mesa (Presidente y 1° y 2° Vocales) dentro de la estructura operativa de designación y capacitación de autoridades de mesa, gozarán de un día de franquicia el día hábil inmediato posterior a los comicios...conforme lo establecido en el Artículo 600 del Anexo del Decreto N° 4597/83 reglamentado por el Artículo 10 Inciso a del Anexo Único de la Resolución N° 898/05 para el personal docente, y por el Artículo 2° del Decreto-Acuerdo N° 1919/89 para los asistentes escolares".
Por último, determina que la misma resolución será aplicada en los comicios Generales del 14 de noviembre de 2021.