Edición del Jueves 14 de setiembre de 2017

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La Corte ratifica límites a indemnizaciones laborales - Edición Impresa - Economía

Ley de ART

La Corte ratifica límites a indemnizaciones laborales

El máximo tribunal de Justicia de la Nación dictaminó que los jueces no pueden aumentar arbitrariamente los resarcimientos fijados por ley. Satisfacción empresaria y queja de los abogados.

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La Corte -en su mayoría- falló a favor de los límites de la ley; Horacio Rosatti votó en disidencia.

Foto: Archivo El Litoral

 

Redacción de El Litoral

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Télam/DyN

Funcionarios, industriales y aseguradoras de riesgos del trabajo manifestaron su satisfacción por el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia en contra de la posibilidad de que los jueces del fuero laboral aumenten a su arbitrio el importe de una indemnización por accidente de trabajo fijado por la ley, a diferencia de los abogados laboralistas que cuestionaron el fallo por descuidar los derechos de los trabajadores.

El máximo tribunal -con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, mientras que Horacio Rosatti se pronunció en contra- revocó un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había incrementado injustificadamente el importe de una indemnización por accidente laboral.

La causa fue iniciada por la viuda de un trabajador fallecido en un accidente laboral, quien reclamó a la compañía aseguradora de la empresa en la que trabajaba su esposo, el pago de la indemnización prevista en la Ley de Riesgos del Trabajo.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) manifestó su satisfacción con la decisión: “La sentencia de la Corte modifica el decisorio de la Cámara laboral que arbitrariamente aumentó el monto de la indemnización tarifada que establece el sistema de riesgos del trabajo.

“Así la Corte ratifica el criterio de fallos precedentes respecto de la constitucionalidad del sistema de indemnizaciones tarifadas de la Ley de Riesgos del Trabajo”, señalaron desde la Superintendencia.

Por su parte, la presidente de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (Uart), Mara Bettiol, subrayó que el rechazo de la Corte Suprema de Justicia “marca el respeto” por una legislación “aprobada por consenso de todos los sectores”.

“Se encuentra en vigencia una ley que fue aprobada por consenso de todos los sectores: empresarios, sindicalismo, oficialismo y oposición. Es necesario que eso se respete y se interprete de una misma manera. Este fallo marca el respeto por la ley”, señaló Bettiol.

Empresas “demandadas”

La senadora nacional por el PJ-FPV rionegrino Silvina García Larraburu sostuvo que en el país “estamos ante un nuevo avance de precarización laboral”, al reclamar al gobierno nacional detalles sobre la puesta en marcha de la resolución 760/17, por la cual se crea un registro de empresas y aseguradoras de riesgo de trabajo (ART) que afrontan juicios por accidentes laborales.

La normativa crea un registro de empresas particulares y aseguradoras de riesgo de trabajo que enfrentan procesos judiciales. También, dispone que las ART informen con carácter de “declaración jurada” los casos en los que la defensa alegue “inconstitucionalidad” de la Ley 27.348 de ART.

“Además de ser discriminatoria y estigmatizante con quienes reclaman por sus derechos, la norma va en contra de la Constitución Nacional, avasalla la Ley de Hábeas Data, el secreto profesional y el libre ejercicio de la profesión de abogado”, advirtió.

En ese sentido, consideró que “es necesario que la Administración Pública sea clara y responsable a la hora de instaurar un registro en donde se incorporan datos de particulares”. Y apuntó que “estamos ante un nuevo avance de precarización laboral, donde además del desempleo se instaura una nueva forma de persecución que viola la intimidad y la confidencialidad de los ciudadanos”.

Críticas

La Asociación de Abogados Laboralistas cuestionó la sentencia del Alto Tribunal por descuidar el derecho de los trabajadores, y aclaró: “La sentencia es arbitraria y debe dictarse un nuevo fallo”. Matías Cremonte, presidente de la AAL, dijo que “el fallo demuestra que seguimos discutiendo la seguridad jurídica de las empresas y no el derecho de los trabajadores a no morirse en el trabajo”.

Fórmula matemática

El Centro de Información Judicial (CIJ) recordó que la ley establece que las indemnizaciones son tarifadas, es decir que siempre deben determinarse empleando una fórmula matemática que toma en cuenta la edad que tenía el trabajador al momento del accidente y el salario que ganaba.

Esto permite que la Ley otorgue una amplia protección a los trabajadores (amparándolos incluso en los casos de accidentes laborales provocados por su propia culpa y también cuando sufren accidentes en el trayecto entre su casa y el lugar de labor); y que las reparaciones previstas puedan ser adecuadamente cubiertas por las compañías aseguradoras que contratan las empresas sin que ello implique un costo laboral excesivo.



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