Bebiendo salado Atención usuarios de medicina prepaga Reconocimiento
Publio Benuzzi.
Un pensador poético. Ciudad.
Estoy bebiendo tu agua o tus lágrimas / que se posan en el secreto de mi alma.// Duermo: ya es de noche, / cerrando mis ojos razono / mi almohada esta mojada de tu llanto y lamento / mis oídos escuchan por el silencio// que percute como timbales de una orquesta.// Y a mí me hace mal, como ver un temporal en el mar, / los caracoles gritan con sus casas a cuestas.// Y las piedras aguantan el furor de la fuerza de esa tormenta / y / esta noche será larga y extendida, / como al pájaro que aletea, y aletea / hasta encontrar su nido, y a pesar / acuna sentimientos y pienso con razón/ cuando mi alma no se moje más de tus lágrimas o aguas / volveré a sonreír como se ve el arco iris, / porque allí será la mujer florecida, la mejor rosa de un / jardín.// y el tronco sin espinas, como perfume que exhala de un / jazmín.// Oh mujer, gloria los dos hasta el final de nuestro vivir.
Caren Kalafatich
Asociación de Consumidores Proconsumer (filial Santa Fe)
Sres. Directores: Por disposición de la resolución 1.982/2012 del Ministerio de Salud publicada en el Boletín Oficial el día 12/12/12, se autorizó retroactivamente, al 1º de diciembre del corriente, el aumento de las cuotas por afiliación que pagan todos los usuarios de medicina prepaga en Argentina.
La resolución autoriza dos aumentos, tomando en consideración la cantidad de afiliados de cada empresa. De acuerdo con esto, aquellas empresas que tengan más de 100.000 usuarios podrán aumentar el 8%, y para quienes tengan menos afiliados, la suba prevista es del 9%.
La base para calcular el aumento es el importe de la cuota que venían pagando desde el mes de septiembre (fecha en que se autorizó el último aumento por medio de la resolución 1.526/12 MS).
Todo usuario a quien se le haya cobrado en exceso tiene derecho a reclamar. El Art. 3º de la Res. 1.982/12 MS es muy claro al respecto, quienes hubieran cobrado un aumento superior al autorizado deben descontar el excedente y reintegrarlo.
Es nuestro parecer respecto al aumento que todos los usuarios de medicina prepaga, por disposición del decreto presidencial 1.993/2011 tienen derecho a ser notificados sobre el aumento 30 días hábiles, contados a partir de la fecha en que la nueva cuota comenzará a regir.
Conforme a ello, consideramos que el aumento establecido por el ministro de Salud es contrario a derecho, y avasalla garantías constitucionales, tales como la seguridad jurídica, el patrimonio, la salud, entre otros.
Desconocemos el aumento por no ajustarse al procedimiento reglamentario y entendemos, con base en lo antedicho, que todos los usuarios disconformes pueden reclamar válidamente y solicitar se respete el plazo.
No podemos olvidar que estamos ante una relación contractual básica. En dicho contexto, cualquier aumento “retroactivo” resulta abusivo.
En el caso de la medicina prepaga rige la ley 26.682, que dispone en su Art. 17 un control estatal sobre las cuotas de los planes, razón por la cual, la autoridad de aplicación debe fiscalizar y garantizar la razonabilidad de las cuotas, tomando en consideración variaciones en la estructura de costos de la empresa y el cálculo de riesgos.
La autorización retroactiva de aumentos podrá ser razonable (no los sabemos) pero resulta de una ilegalidad manifiesta.
Este aumento impacta de manera directa en la economía familiar, afectando la planificación presupuestaria de los usuarios de medicina prepaga que no estaban esperando este nuevo gasto.
Todos los usuarios tenemos derecho a programar nuestro bolsillo.
Liliana Mabel Dutruel.
DNI. 4.241.114. Santa Fe.
Señores directores: Al doctor Alberto Cóceres nuestro apreciado médico de la familia, hoy ya “joven jubilado” y a su querida esposa Norma Dallas, les hacemos público nuestro eterno agradecimiento por estar siempre acompañándonos en este camino de la vida, con sus palabras certeras, sus conocimientos y consejos, infundiéndonos fortaleza y confianza.
Los saludamos con todo cariño. Julia y Mabel Dutruel.