llegan cartas
¿Publicidad telefónica o acoso? II
Orlando Agustín Gauna.
D.N.I. 6.255.319.
Señores directores: Todos los santafesinos, niños y adultos, somos perturbados y en muchos casos sorprendidos en nuestra buena fe y defraudados por inescrupulosas empresas que hacen telemarketing.
A cualquier hora del día o de la noche, en los momentos más inoportunos somos perturbados por una llamada a nuestro teléfono fijo por el aviso de un mensaje de texto en nuestro teléfono celular. Por este medio distintas empresas nos ofrecen bienes y servicios que en la mayoría de los casos no nos interesan. Esto no resultaría tan molesto si las llamadas no fueran tan frecuentes, pero se da el caso recibir varias por día.
Y lo más grave de todo esto es que existe una norma legal, la ley Nº 13.112, sancionada el 19 de agosto de 2010, promulgada el 15 de septiembre y publicada en el boletín oficial el 21 de setiembre del mismo año. El artículo octavo de esta norma establece que el Poder Ejecutivo debe reglamentarla dentro de los 90 días de su publicación. Pero hasta hoy el ejecutivo provincial nos deja en total de protección ante estos molestos llamados por negarse a reglamentar esta ley.
Entonces cabe preguntarse para qué queremos un cuerpo legislativo tan oneroso, que sanciona leyes que las autoridades no cumplen.