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Un caso de abuso sexual que conmocionó a Vera

“Los juicios deben dirimirse en los tribunales y no en los medios”

El camarista Carlos Corti defendió al juez que dejó libre al hombre que violó a su hija de 15 años y criticó el desempeño del Ministerio Público de la Acusación. “Resulta tan grosero como injusto echar culpas sobre el juez Gustavo Gon”, dijo.

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La Corte ordenó la apertura de una investigación administrativa el mes pasado, para evaluar el desempeño del juez Gon (foto). Foto: Archivo El Litoral

 

Juliano Salierno

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“Creo que estamos errando el camino, que los juicios deben dirimirse en los tribunales y no en los medios de comunicación los que bien podrían aprovecharse para hacer docencia y no para buscar culpables”, expresó el juez Carlos Andrés Corti, de la Cámara Penal de Vera, en una resolución reciente en la que abordó el caso del empleado del Servicio Público de la Defensa liberado y nuevamente detenido por el abuso sexual de su hija de 15 años. Y agregó: “Que el fortalecimiento de este nuevo proceso penal, dependerá del respeto entre todos los actores del sistema, cada cual siendo responsable y haciéndose cargo de su rol”.

Mediante la resolución de Cámara, el juez Corti rechazó el pasado 6 de julio el recurso de apelación presentado por el fiscal Leandro Benegas contra la decisión del juez de la Investigación Penal Preparatoria, Gustavo Gon, de concederle la libertad a Manuel Alcides Díaz el 18 de abril. Técnicamente el camarista entendió que el recurso resultaba improcedente “por ausencia de interés directo y por carecer de objeto actual”, dado que a la fecha de analizar el recurso -la audiencia fue el 1º de julio-, Díaz se encontraba tras las rejas por haber abusado nuevamente de su hija.

Preso sin plazo

La gran repercusión pública que tuvo el caso se debió a que Díaz, un ex empleado de los tribunales de Vera que se desempeñaba en el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, ya había sido detenido en febrero, por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante, reiterado; corrupción de menores; y abuso sexual con acceso carnal” todos “agravados por el vínculo”, contra su hija de 15 años.

El juez Gon dictó la prisión preventiva por 70 días para el imputado, que recuperó la libertad 53 días después -el 18 de abril-, por pedido de la defensa pública, atento a que una vez realizada la Cámara Gesell a la víctima, no existiría riesgo de entorpecimiento probatorio como lo había planteado el fiscal. No obstante el representante del MPA apeló la medida.

Mientras tanto, el imputado, que se reincorporó a trabajar el 1º de junio por resolución del defensor provincial, Gabriel Ganón, debía cumplir con las medidas de distancia impuestas, consistentes en no entablar contacto de ningún tipo con la víctima ni su entorno.

Pero el 24 de junio, Díaz rompió el acuerdo y aprovechó el momento en que su hija regresaba sola a la casa de sus abuelos para atacarla. El abusador fue nuevamente detenido en la madrugada del 25 de junio y luego llevado a tribunales donde el juez Gon volvió a dictar la prisión preventiva, esta vez sin plazo y hasta la realización del juicio oral.

Contrapunto

Ya en la audiencia de Cámara, donde se discutió si estuvo bien o mal concedida la libertad a Díaz, el fiscal Benegas cuestionó la interpretación del magistrado de condicionar la peligrosidad procesal solamente al testimonio de la víctima en Cámara Gesell. En tal sentido dijo que “su planteo no fue ése, que no condicionó la peligrosidad procesal a esa sola prueba”, por lo que planteó “la arbitrariedad del fallo por no haber tenido en cuenta prueba conducente para la adecuada solución del caso”.

La defensa de Díaz, a cargo del Dr. José Luis Estevez, rechazó esos argumentos y recordó que “el mismo fiscal en la audiencia de apelación, ante este mismo tribunal y ante la pregunta del juez manifestó expresamente que pretendía la cautelar para proteger la declaración de la menor en Cámara Gesell, por lo cual, una vez realizada desapareció el objeto de la cautelar”.

Rol de las partes

En los considerandos del fallo, el juez de Cámara Carlos Corti, criticó al fiscal que “ni en primera instancia ni en el escrito donde se interpuso y fundó el recurso de apelación se cuestionó el plazo, o se solicitó la prórroga o ampliación del término de la prisión preventiva cuya recuperación pretendía”.

“Cabe recordar que en el nuevo sistema procesal penal los jueces ya no pueden suplir la omisión de las partes, máxime si se trata de decidir en contra del imputado. El sistema acusatorio no lo tolera. El juez de la Investigación Penal Preparatoria no es el viejo juez de Instrucción con facultades para investigar, detener y procesar de oficio. Es juez de Garantías”, señaló el camarista.

Por otra parte, el magistrado llamó a los actores del nuevo sistema a cumplir con los roles para los que que fueron designados, y alertó sobre “la gravosa consecuencia de la sanción social por la mediatización que lamentablemente ha adquirido éste proceso, en el cuál parece más importante discutir y endilgar responsabilidades en los medios, que debatir la responsabilidad del imputado en un juicio que aún no llega”.

Contra los fiscales

Para el juez de Cámara de Vera, la decisión del Dr. Gon debe ser analizada en el contexto en el que se produce y no a raíz de los últimos acontecimientos. “Resulta entonces tan grosero como injusto echar culpas sobre el juez Gustavo Gon vinculando su resolución revocatoria de la prisión preventiva y consecuente libertad restringida del imputado, con los nuevos hechos presuntamente cometidos por Díaz los días 20 y 24 de junio, cuando evidentemente no tienen nada que ver con lo resuelto ni con el objeto de la cautela que pretendía el fiscal”, lo defendió.

Por último, expresó su preocupación por el hecho de que “los fiscales no actuaran con prontitud deteniendo al imputado por violación a las restricciones impuestas cuando el día lunes 22 de junio toman conocimiento de los hechos supuestamente cometidos por el imputado el sábado 20 por la tarde, cuando se dice interceptó en la calle a su hija requiriéndole u ordenándole que levante la denuncia, o que se mate, intentándose luego comunicar con ella vía Facebook. Sin dudas que éstos hechos guardan más vinculación, al menos en el tiempo, con el abuso sexual del día 24 que aquellos de la primera causa; y con similar criterio al reprochado podría entonces decirse que de haber actuado los fiscales con prontitud se habría evitado este último hecho”.

El dato

En la Corte.

  • El presidente de la Corte de Justicia provincial, Dr. Roberto Falistocco, designó al fiscal de Cámara Nº 1, Miguel Ángel Molinari, para la realización de una investigación administrativa, a los fines de delimitar la responsabilidad del juez de Vera, Gustavo Gon. La medida, adoptada el 26 de junio, señala “que la índole de la cuestión investigativa y los valores que se encuentran en juego, justifican el análisis desde el punto de vista administrativo, del desempeño de los tribunales intervinientes en el caso”.



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