En medio de las sucesivas escaramuzas del enfrentamiento entre el gobierno nacional y el Poder Judicial, que en los últimos días cobraron especial y espectacular preponderancia con las medidas del juez Bonadio y su inmediato desplazamiento, se produjo también un fallo que apunta a uno de los pilares del estilo y la filosofía del gobierno kirchnerista.
Se trata del sobreseimiento, dictado por el juez en lo Penal Económico Marcelo Aguinsky, de la ex directora de Precios del Indec, Graciela Bevacqua, y el profesor de la UBA Nicolás Salvatore, en una causa penal iniciada por Guillermo Moreno por la difusión de índices de inflación no coincidentes con los oficiales.
El ex secretario de Comercio Interior los había acusado del delito de agiotaje y, específicamente, de elaborar índices de precios falsos para “beneficiarse ellos mismos y beneficiar con ganancias extraordinarias a algunos agentes del mercado financiero”.
Bevacqua fue removida de su cargo oportunamente, como primera medida de una serie tendiente a reformular el instituto estadístico estatal, y convertirlo en una usina de difusión de datos confeccionados a medida de las necesidades propagandísticas del gobierno, y carentes de cualquier rigor científico y, por ende, de confiabilidad alguna.
Ante el escenario de un país carente de indicadores creíbles sobre la evolución de su economía interna -y, con ello, de otro tipo de datos conexos especialmente sensibles, como los relativos a los niveles de pobreza-, muchos técnicos continuaron la elaboración y difusión de estadísticas al margen del ámbito oficial, lo que dio origen a una sistemática persecución.
En el caso particular de Bevacqua, la Justicia ya había archivado en el fuero administrativo sendas denuncias en las que se buscó castigarla con multas de 500 mil pesos. En este caso, el procedimiento va más allá, ya que se la había acusado de la comisión de un delito penal.
Precisamente en este punto reparó el magistrado interviniente, que no sólo sobreseyó a la ex funcionaria y a su colaborador -por no hallar elementos que indiquen el supuesto beneficio a expensas de los intereses públicos-, sino que acusó al oficialismo de utilizar al Derecho Penal para cercenar la libertad de expresión de quienes publican índices de inflación alternativos.
Más allá de preservar este derecho básico, el fallo apuntó a una de las cuestiones medulares del asunto, que abarca tanto la pérdida de confiabilidad de los índices oficiales, como la descalificación que la denuncia proyecta sobre las mediciones privadas, con el argumento de que no cuentan con recursos suficientes para llevar adelante una tarea técnicamente consistente.
“La experiencia histórica demuestra que esos desajustes se solucionan con más información y no con menos; que la mejor manera de resguardar el derecho a la información es fomentándola y no sometiéndola a exigencias que desaniman a sus promotores”, argumentó el juez.
La estrategia de ocultamiento, tergiversación y correlativa aplicación de “mordazas” económicas e incluso penales a las voces discordantes con el contenido y las necesidades del “relato”, ha sido aplicada por el kirchnerismo en todos los ámbitos de la vida pública. Con este pronunciamiento, la Justicia acude tanto a presupuestos básicos del funcionamiento de la organización estatal, como de la propia convivencia democrática.
El gobierno no sólo utiliza los recursos públicos para sostener mediciones carentes de confiabilidad, sino también para acallar a quienes les oponen otras versiones.