La ley había sido sancionada el 30 de noviembre
El gobernador vetó la cobertura de Iapos para movilizados de Malvinas
El decreto advierte que el mandato que impone la normativa implica una “intromisión”, que “colisiona” con los principios del régimen constitucional vigente. Y sostiene que tal “imposición” implicaría un “sacrificio en detrimento de los demás beneficiarios de la obra social”, que el Estado “no puede tolerar”.
Ivana Fux
Mediante el decreto Nº 4.437, el Poder Ejecutivo provincial vetó el artículo 6º de la ley Nº 13.393, sancionada por la Legislatura en noviembre pasado, que proponía extender la cobertura social del Iapos de manera “vitalicia y gratuita” a los soldados movilizados a la guerra de Malvinas, pero que no participaron de las acciones bélicas.
En sus primeros artículos, la ley dispone el otorgamiento de un “reconocimiento histórico a todos los soldados Bajo Bandera, Convocados y Movilizados que durante el conflicto bélico entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña prestaron servicio como apoyo táctico y logístico en el ámbito del territorio nacional argentino y que en aquel entonces tuvieran domicilio en la provincia”. Dicho reconocimiento consiste en un diploma de honor y una medalla conmemorativa, que en caso de haber fallecido su titular, podrán recibir sus herederos.
Esos fragmentos fueron respetados por el Ejecutivo, pero no así el artículo sexto, que específicamente plantea que “el Estado provincial podrá establecer los requisitos, mecanismos y condiciones para que las personas alcanzadas” por la presente ley “gocen de cobertura de salud de Iapos”.
La iniciativa ya había generado controversia a la hora de su tratamiento legislativo; de hecho, el proyecto no fue acompañado en la votación por los legisladores del oficialismo (ver El Dato).
El veto
En sus considerandos, el decreto -al que accedió El Litoral- que establece el veto al artículo 6 fundamenta la decisión, advirtiendo que “el mandato” contenido en dicha normativa “ingresa en el ámbito de facultades del titular del Poder Ejecutivo Provincial, constituyendo una imposición a otro órgano del Estado que importa una verdadera intromisión en su esfera de competencias constitucionales”.
Se sostiene, además, que “el ámbito dentro del cual el Poder Legislativo puede ejercer potestades implícitas con referencia a atribuciones del Poder Ejecutivo, sólo es concebible respecto a facultades que, si bien son por su naturaleza propias de este último Poder, no aparecen atribuidas al mismo en forma expresa o por necesaria implicancia de éstas. De lo contrario -se alerta- el principio de separación de poderes resultaría subvertido”.
En síntesis, el decreto plantea que el artículo sexto de la ley en cuestión “colisiona con principios esenciales del régimen constitucional vigente”. Por último, aclara que “el Estado provincial asegura el derecho a la salud (en este caso, de los movilizados) a través de los distintos efectores públicos, importando dicho precepto la imposición de un verdadero sacrificio especial que este Poder Ejecutivo no puede tolerar en detrimento de los actuales beneficiarios del Iapos, quienes en su caso se verían obligados a soportar con sus aportes las prestaciones médicas gratuitas para los ciudadanos contemplados” en la mencionada ley.
El decreto del veto fue remitido a las Cámaras legislativas para su correspondiente tratamiento.