Hoy se publicó el decreto en el Boletín Oficial
Reglamentaron la Ley de Medios
Según la norma, las empresas con más licencias de las permitidas tienen un año para desprenderse de ellas, voluntaria o compulsivamente. La cuestión todavía no está resuelta en la Justicia.

Cristina Fernández de Kirchner
De la redacción de El Litoral
DyN/Télam
El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó, a través del decreto 1.225/2010 publicado hoy en el Boletín Oficial, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual -sancionada por el Congreso Nacional el 10 de octubre del año pasado-, que de esta forma comenzó a regir desde esta mañana; a pesar de que están en pie una serie de planteos que deben ser resueltos por la Justicia.
“La ley 26.522 busca garantizar la libertad de expresión en todas sus modalidades, promoviendo el más amplio pluralismo y diversidad de las manifestaciones que pudieran existir en la sociedad argentina”, señalan los considerandos de la norma, que a la vez afirma que “estos objetivos se verían frustrados de no corregirse las situaciones preexistentes”.
El artículo que cosecha más cuestionamientos es el 161, que obliga a las empresas a vender las licencias en un año. En la reglamentación de ese artículo se establece que la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), que dirige Gabriel Mariotto, “establecerá los mecanismos de transición a los fines de adecuar la situación de la totalidad de los licenciatarios”. Precisa que las empresas que no cumplan con los requisitos que establece la ley en términos de cantidad y tipo de licencias deberán iniciar el trámite de “adecuación” a través de una declaración jurada en la que “propongan la regularización de su situación”. Se establece además que la Afsca “podrá proceder a constatar de oficio la efectiva adecuación a las disposiciones del artículo 161”.
Transferencias
Por otra parte, queda autorizada la adecuación a la nueva normativa a través de la transferencia de licencias. Este proceso podrá ser voluntario, es decir que los licenciatarios “podrán transferir licencias a un tercero que cumpla con los requisitos legales” o bien “otorgarle dicha facultad a la Autoridad de Aplicación para la licitación respectiva”. Queda consagrada además la “transferencia de oficio” en los casos en los que los titulares de las licencias “no dieran cumplimiento a las disposiciones de la ley en los plazos previstos”.
Con relación a la “adecuación por transferencia de licencias”, el decreto divide entre “voluntarias” o “de oficio”, que se emplearán en caso de que los titulares de las licencias no dieran cumplimiento a las disposiciones de la ley y su reglamentación.
Dinámica
En este sentido, en los considerandos, el Ejecutivo señala que, “si una posición dominante en el mercado de bienes y servicios es en sí misma contraproducente y contraria al establecimiento de las reglas de una economía de mercado” y a una “dinámica eficiente”, esa situación es “particularmente grave” cuando el predominio se da en los medios de comunicación.
De hecho, afirma que, en ese caso, se ven afectados “los valores más elementales de una sociedad democrática, que se nutre del derecho a la información, a una concepción de una comunicación más plural, a la libertad de expresión, al pluralismo informativo, a la multiplicidad de fuentes de información, y a las distintas manifestaciones de las diversidades culturales y sociales”.
Por otro lado, el Poder Ejecutivo facultó a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual a que convoque a quienes poseen medidas judiciales “en virtud de procesos derivados de controversias sobre la adjudicación, instalación y explotación de licencias” a resolver los diferendos, “en cuanto sea pertinente, mediante la suscripción de un convenio transaccional que deberá ser homologado judicialmente”.